¿Podré extender la concesión de acción diferida en mi caso?
Si. A menos que la acción diferida sea revocada, los individuos cuyos casos han sido diferidos siguiendo los criterios del proceso no serán puestos en procedimientos de deportación o removidos de los Estados Unidos por un período de dos años. Usted puede también solicitar una extensión de ese período de acción diferida. Siempre y cuando usted no tenga más de 30 años al 30 de junio de 2012, usted puede solicitar una renovación luego de cumplir los 31. Su solicitud de extensión será considerada individualmente.
Si mi período de acción diferida es extendido, ¿necesitaré volver a solicitar una extensión de mi autorización de empleo?
Sí. Si USCIS decide diferir acción por períodos adicionales luego de concluir el período de los dos años iniciales, usted debe también pedir una extensión de su autorización de empleo.
¿Recibirá entrenamiento especializado el personal de USCIS responsable de revisar las peticiones para que se ejerza la determinación discrecional durante este proceso?
Sí. El personal de USCIS responsable de considerar las solicitudes de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia recibirá entrenamiento especial.