USCIS contesta la pregunta: “¿Cómo puedo cambiar mi dirección en los archivos del USCIS?”
La ley requiere que casi todos los individuos que no son ciudadanos de los Estados Unidos1 notifiquen un cambio de dirección en un plazo de 10 días de haberse mudado presentando el Form AR-11, Formulario de Cambio de Dirección.
El cumplir con estos requisitos legales y presentar los formularios necesarios no actualiza la dirección que consta en cualquiera de las solicitudes o peticiones pendientes con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).
La mayoría de los clientes ya pueden presentar el Formulario AR-11 para notificar a USCIS vía Internet de su dirección para un caso pendiente en nuestro sitio Web www.uscis.gov. Este folleto informativo describe cómo y cuándo los clientes han de notificar un cambio de dirección a USCIS.
Las notificaciones o documentos que le envíe USCIS son considerados correo oficial del Gobierno. Si su nombre no aparece en el buzón y/o no está registrado en la Oficina Local del Servicio Postal, puede ser que el Servicio Postal no le entregue correo oficial del Gobierno. Por favor acuérdese de registrar su nombre y dirección con la oficina postal local y de escribir su nombre en su buzón.
CIUDADANOS DE LOS ESTADOS UNIDOS
Si Usted es Ciudadano de los Estados Unidos y Tiene un Caso Pendiente con USCIS:
Aunque haya presentado una solicitud o petición con nosotros y una decisión aun esté pendiente, usted debería mantenernos informados de cualquier cambio de dirección para poder recibir nuestras notificaciones o decisiones. Le pediremos alguna información sobre su caso pendiente. Por favor tenga la siguiente información disponible:
• Su notificación de recibo u otra notificación que le hayamos enviado donde aparezca su número de recibo;
• Su nueva dirección;
• Su dirección antigua; y
• Los nombres e información biográfica de la persona o personas por las que usted presentó la solicitud.
Es importante tomar nota que el cambio de dirección vía nuestro sitio web a través del Internet no se puede utilizar para cambiar su dirección en las siguientes circunstancias:
• Si usted es ciudadano de los Estados Unidos y tiene una petición aprobada de pariente extranjero:
Si usted o la persona que usted está patrocinando cambian de dirección después que aprobemos la petición de pariente extranjero, debería seguir las instrucciones en la notificación de aprobación referentes a quién notificar acerca de cambios de dirección y cómo hacerlos.
• Si usted es ciudadano de los Estados Unidos y ha patrocinado económicamente a alguien que ha inmigrado:
Como ciudadanos de los Estados Unidos, sólo está obligado por ley a actualizar su dirección con USCIS si ha presentado alguna vez el Formulario I-864, Declaración Jurada de Apoyo, para ser el patrocinador económico de alguien que quiere inmigrar. La ley requiere que nos informe de cualquier cambio de dirección en un plazo de 30 días después de su traslado presentando el Formulario I-865, Notificación de Cambio de Dirección de Patrocinador. Usted puede descargar el Formulario I-865 y las instrucciones del mismo de nuestro sitio Web.
• Si usted tiene una apelación pendiente con la Junta de Apelaciones de Inmigración
Si cambia de dirección y tiene una apelación pendiente con la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés), usted ha de notificar la BIA en un plazo de 5 días después de su traslado presentando el Formulario EOIR 33/BIA. Usted no puede notificar la BIA de un cambio de dirección a través de nuestro sitio Web.