P: Si un empleado escribe un número de registro de extranjero o un número de admisión al completar la Sección 1 del Formulario I-9, ¿puedo solicitar ver un documento con ese número?
R: No. Aunque es su responsabilidad como empleador asegurarse de que sus empleados completen totalmente la Sección 1 en el momento de iniciar el trabajo, el empleado no está obligado a presentar un documento para completar dicha sección. Cuando se completa la Sección 2, no se puede solicitar ver un documento con el número de extranjero o un número de admisión, o especificar de otra manera qué documentos puede presentar un empleado.
P: Mi empleada introdujo un apellido compuesto en la Sección 1 del Formulario I-9. Los documentos que presentó tienen sólo uno de estos apellidos. ¿Puedo aceptar este documento?
R: DHS no exige a los empleados utilizar alguna norma de denominación específica para el Formulario I-9. Si un nuevo empleado introduce más de un apellido en la Sección 1, pero presenta un documento que contiene sólo uno de los apellidos, el documento que este empleado presente para la Sección 2 es aceptable, siempre y cuando usted esté seguro de que el documento aparenta ser razonablemente genuino y se refiere a esta persona. Se recomienda que las personas que acrediten su condición de residente legal permanente y que tengan más de un nombre introduzcan su nombre en el Formulario I-9 tal como aparece en su Tarjeta de Residente Permanente (Formulario I-551).