¿Este documento es aceptable?: Parte 11

P:  El Departamento de Estado de EE. UU. dejó de emitir el Certificado de Informe de Nacimiento (DS-1350) en diciembre de 2010. También empezó a emitir una nueva versión del Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (FS-240) para reemplazar el Certificado de Nacimiento en el Extranjero (FS-545) en enero de 2011. El nuevo Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (FS-240), ¿se incluirá en la Lista C de las Listas de documentos aceptables? El Certificado de Informe de Nacimiento (DS-1350) y el Certificado de Nacimiento en el Extranjero (FS-545), ¿aún se aceptarán en el proceso del Formulario I-9?

     R:  USCIS no puede agregar ni quitar documentos de la Lista de documentos aceptables para el Formulario I-9 hasta que se realicen cambios en las reglamentaciones de acuerdo con los procedimientos adecuados de regulación. USCIS está en proceso de evaluar la Lista de documentos aceptables para una posible regulación. El Certificado de Informe de Nacimiento (DS-1350) y el Certificado de Nacimiento en el Extranjero (FS-545) aún se aceptarán en el proceso del Formulario I-9.

P:  Un empleado nuevo afirma que es un estudiante extranjero con permiso para trabajar para un nuevo empleador debido a una dificultad económica. ¿Puede trabajar para mí?

    R:  La mayoría de los estudiantes F-1 está autorizada a trabajar en empleos que estén directamente relacionados a su campo de estudio. Los empleadores deben consultar el código de categoría y el asesoramiento en nuestro sitio web antes de contratar a un estudiante extranjero.

Hay estudiantes F-1 que pueden estar autorizados para trabajar debido a una dificultad económica grave. Estos estudiantes no tienen límites con respecto al tipo de empleo que pueden aceptar. El Documento de Autorización de Empleo (tarjeta de Formulario I-766 con fotografía) del estudiante tendrá el código de categoría C33, que le permite saber que dicho estudiante puede trabajar para cualquier empleador.