USCIS contesta la pregunta: “¿Cómo puedo obtener prueba de mi ciudadanía?”
Si usted nació en los Estados Unidos, usted no tiene que solicitar ninguna prueba de ciudadanía ante la USCIS. El certificado de nacimiento suyo emitido por el estado de los Estados Unidos donde usted nació constituye prueba de su ciudadanía1.
Si usted nació fuera de los Estados Unidos, pero uno de sus padres o los dos eran ciudadanos estadounidenses en el momento en que usted nació, puede ser que usted todavía sea considerado ciudadano estadounidense. Esto se conoce como ciudadanía por derivación. Generalmente hay requisitos adicionales específicos, y algunas veces puede adquirirse la ciudadanía a través de una combinación de un padre y un abuelo.
¿Qué documentos se aceptan generalmente como prueba de la ciudadanía estadounidense?
Los documentos más comunes que determinan la ciudadanía estadounidense son:
• Certificado de nacimiento, emitido por el estado de los Estados Unidos (si la persona nació en los Estados Unidos), o por el Departamento de Estado (si la persona nació en el extranjero, pero es hija o de ciudadanos estadounidenses que dieron cuenta del nacimiento del niño y de su ciudadanía estadounidense a una embajada o consulado de los Estados Unidos);
• Pasaporte de los Estados Unidos, emitido por el Departamento de Estado de los Estados Unidos;
• Certificado de ciudadanía, emitido a nombre de una persona que haya nacido fuera de los Estados Unidos y que haya obtenido o adquirido la ciudadanía estadounidense a través de uno de los padres ciudadano estadounidense; o
• Certificado de naturalización, emitido a nombre de una persona que haya adquirido la ciudadanía estadounidense después de los 18 años de edad, a través de un proceso de naturalización.
Yo nací en los Estados Unidos. ¿Dónde puedo obtener una copia de mi certificado de nacimiento?
Pregunte en el Departamento de Salud (Registro de nacimientos) en el estado de los Estados Unidos en el que usted nació. Si desea obtener más información, visite la página de Internet del Centro Nacional de Estadísticas de Salud, en www.cdc.gov/nchs/births.htm.
Soy ciudadano de los Estados Unidos. Mi hijo/hija nacerá o nació recientemente en el extranjero. ¿Cómo doy cuenta de su nacimiento y de su ciudadanía estadounidense?
Tenga la bondad de comunicarse con el Departamento de Estado de los Estados Unidos o con la embajada o el consulado de Estados Unidos en el país donde nacerá su hijo para que obtenga más información sobre los requisitos de elegibilidad y sobre cómo dar cuenta de la ciudadanía estadounidense de su hijo.
Yo nací en el extranjero. Mi nacimiento y mi ciudadanía estadounidense fueron registradas en una embajada o consulado de los Estados Unidos. Necesito una copia de la prueba de mi ciudadanía. ¿Con quién debo comunicarme?
Póngase en contacto con el Departamento de Estado de los Estados Unidos. Si desea obtener más información, visite nuestro sitio de Internet en www.state.gov.
Yo nací en el extranjero. Creo que soy ciudadano estadounidense por nacimiento, porque mis dos padres o uno de ellos eran ciudadanos estadounidenses cuando yo nací. Pero mi nacimiento y mi ciudadanía no fueron registrados en la embajada de los Estados Unidos cuando yo nací. ¿Puedo solicitar que se reconozca mi ciudadanía?
El hecho de que alguien nacido fuera de los Estados Unidos e hijo de padres estadounidenses sea ciudadano de los Estados Unidos depende de la ley que estaba vigente cuando esa persona nació. Estas leyes han cambiado con el cursar de los años, pero generalmente requieren una combinación de que el padre o la madre fuera ciudadano de los Estados Unidos cuando el niño nació, y que hubiera vivido en los Estados Unidos o sus territorios por un periodo de tiempo específico. La ciudadanía derivada puede ser muy compleja y puede que requiera un análisis legal exhaustivo.