Tag Archives: BIA

Cómo completar el Formulario I-9: Parte 6

P:  ¿Quién es el responsable de verificar la condición de un empleado nuevo: la agencia de empleo o la empresa a la que se asignó el trabajador? Si la empresa contrata un empleado de manera permanente, ¿esta empresa verifica la condición del trabajador en ese momento? ¿Qué fecha debe introducir la agencia de empleo en el campo de Fecha de contratación en la Sección 2?

     R:  La entidad responsable de verificar la condición de un trabajador nuevo es la entidad responsable de completar el Formulario I-9 de dicho trabajador. Los requisitos del Formulario I-9 se aplican tras la contratación de una persona por parte de otra persona o entidad para trabajar en Estados Unidos. Una “contratación” se lleva a cabo cuando se inicia el empleo a cambio de salarios u otro tipo de remuneración. Por lo tanto, si el trabajador nuevo es un empleado de la agencia de empleo, de modo que aparece en la nómina de la agencia de empleo y recibe cheques de dicha agencia, la agencia de empleo tiene la responsabilidad de completar y conservar el Formulario I-9. Si el trabajador nuevo es un empleado de la empresa, de modo que aparece en la nómina de la empresa y recibe cheques de dicha empresa, la empresa tiene la responsabilidad de completar y conservar el Formulario I-9. Si el trabajador nuevo es un empleado de la agencia de empleo, y la empresa a la que la agencia de empleo asignó al trabajador decide contratar a este trabajador y pagarle directamente a él, el empleado se considera una nueva contratación de dicha empresa, y la responsabilidad de completar el Formulario I-9 para el trabajador se transfiere a esta empresa a partir de la fecha de contratación.

En el caso de una agencia de empleo, la aceptación de una oferta y el ingreso al grupo de tareas pueden considerarse equivalentes a una oferta y aceptación de empleo, después de lo cual se puede completar el Formulario I-9. La agencia no necesita postergar la verificación hasta que el trabajador haya aceptado una tarea en particular. La fecha que la agencia de empleo debe indicar en el campo de “Certificación” en la Sección 2 del Formulario I-9 es la fecha de aceptación de una oferta y el ingreso al grupo de tareas.

P:  Un extranjero con una visa B-1 tiene una pasantía/capacitación de tres meses en Estados Unidos como parte del aprendizaje/la pasantía que realiza en nuestra empresa. Nuestra empresa proporciona a esta persona el dinero para las comidas y la gasolina, de modo que pueda conducir desde su apartamento hasta nuestras instalaciones hasta que finalice la pasantía. ¿Debemos completar el Formulario I-9 para esta persona?

     R:  El titular de una visa B-1 puede recibir pago por gastos nominales durante la actividad elegible permitida por la visa B-1, como la capacitación que describió. Debido a que la actividad permitida por la visa B-1 no se considera un empleo, no se debe completar el Formulario I-9 por dicha actividad.

Cómo completar el Formulario I-9: Parte 5

P:  Un empleador, ¿puede incluir el Formulario I-9 en un paquete de solicitud de empleo?

     R:  No. Un empleador no puede requerir que un empleado complete el Formulario I-9 antes de que el empleado haya aceptado una oferta de trabajo. Sin embargo, el empleador puede informar a los solicitantes que deben completar el Formulario I-9 tras la contratación.

P:  Un notario público, ¿puede adjuntar una declaración al Formulario I-9 en vez de firmar en la casilla de firma de la Sección 2?

     R:  No. La Sección 2 es una revisión de los documentos que el empleado presenta y debe estar firmada. Si no se firma esa sección, el Formulario I-9 no está completo.

P:  Un menor, ¿puede actuar como redactor o traductor de un empleado para completar el Formulario I-9?

     R:  Aunque las reglamentaciones no prohíben explícitamente que un menor actúe como redactor o traductor para completar el Formulario I-9, USCIS recomienda que los empleadores hagan uso de su criterio para determinar si el menor tiene la edad suficiente como para comprender las repercusiones legales que implican firmar la Certificación del redactor y el traductor.

¿Quién necesita completar el Formulario I-9?: Parte 6

P:  En una asociación, ¿ambos copropietarios deben completar el Formulario I-9? ¿Qué sucede si uno se rehúsa a completar el Formulario I-9?

    R:  Los requisitos del Formulario I-9 se aplican tras la contratación de una persona para un empleo en Estados Unidos. Si alguno de los “copropietarios” o ambos fueron contratados por un empleador o asociación, entonces cada copropietario debe completar el Formulario I-9. Si un copropietario o un empleado no puede presentar documentación aceptable o se rehúsa a completar el Formulario I-9, entonces no pueden trabajar a cambio de pago en la asociación. El incumplimiento de los requisitos del Formulario I-9 puede dar como resultado sanciones civiles contra el empleador.

Cómo evitar las estafas de inmigración: Parte 4, Conviertase en un Proveedor Autorizado

Conviertase en un Proveedor Autorizado

Cualquier organización que desee proporcionar al público servicios legales de inmigración debe ser autorizada por la Junta de Apelacion de Inmigracion para hacerlo.

¿Qué es la Junta de Apelación de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés)?

La Junta de Apelaciones de Inmigración es el cuerpo administrativo más elevado para interpretar y aplicar leyes de inmigración. Este forma parte del Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés). BIA administra el reconocimiento y el proceso de acreditación que permite a quienes no son abogados proporcionar servicios legales. Más información sobre el BIA y su rol está disponible en el sition Web del BIA.

¿Por qué es importante estar autorizado?

Estar autorizado por el BIA:

Demuestra a los clientes que su organización es un proveedor de servicio y digno de confianza que ofrece el tipo de asistencia correcta

Permite que su organización ejerza el derecho de inmigración ante el Departamento de Seguridad Nacional (DHS por sus siglas en inglés), las cortes de inmigración y el mismo BIA.

Una organización está autorizada por el BIA por algo llamado el “proceso de reconocimiento y acreditación”. Las organizaciones que quieran ofrecer servicios de inmigración deben estar familiarizadas con este proceso.

¿Cómo me presento?

Visite la página Web del Programa de Reconocimiento y Acreditacion del BIA. Contiene toda la información que usted necesitara para solicitar al BIA el reconocimiento de su organización y la acreditación de sus profesionales.

El sitio Web del BIA ofrece las siguientes descargas:

Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) Formulario EOIR-31, utilizado para solicitar reconocimiento

Hoja informativa “Quien puede representar a un extranjero”

Lista actualizada de organizaciones reconocidas

Lista actualizada de individuos acreditados

Cómo evitar las estafas de inmigración: Parte 3, Hechos sobre la Presentacion de Formularios

Hechos sobre la Presentacion de Formularios

Es importante que usted comprenda cómo funciona el trámite de una solicitud o petitición de USCIS. Saber los hechos le ayudará a evitar las estafas.

10 consejos más importantes antes de presentar su solicitud/petición

  1. El sitio Web oficial de USCIS es www.uscis.gov/espanol.
  2. USCIS no cobra por descargar los formularios. Visite nuestra pagina de formularios para obtener los formularios gratis y aprender más sobre las tarifas de presentación.
  3. Lea las instruccionesdelformulario antes de completarlo. Recuerde llenar toda la información requerida y enviar toda la documentación que se le pida.
  4. Usted debe firmar su formulario antes de enviarlo a USCIS.
  5. Antes de que firme un formulario de inmigración, asegúrese que lo comprende y que la información contenida en él es verdadera y correcta.
  6. Nunca firme formularios en blanco.
  7. USCIS requiere que usted pague una tarifa de presentación por la mayoría de los formularios. Por favor, vea la lista de tarifas en nuestro sitio Web.
  8. Usted puede pagar las tarifas de presentaion con un giro , un cheque certificado o una tarjeta de crédito valida.
  9. Asegúrese de obtener un recibo por cualquier pago que haga a un abogado o representante acreditado.
  10. Conserve copias de todos los formularios y de todos los documentos que usted presenta a USCIS.

Tres consejos importantes después de presentar su solicitud o petición

  1. USCIS le enviará por correo un recibo después de recibir su solicitud. Asegúrese de guardar el recibo en sus archivos
  2. Use el número en su recibo para verificar el estatus de su solicitud en el Internet.
  3. Si tiene preguntas sobre su solicitud, usted puede hacer una cita gratis por Infopass para visitar una oficina de USCIS y hablar con un oficial de inmigración.

Consejos si trabaja con un abogado o representante acreditado

Si usted está trabajando con un abogado, verifique con la asociacióndelcolegio de abogadosdelestado si esa persona puede ejercer y si es un integrante vigente en la corte más alta de cualquier estado, posesión, territorio o mancomunidad estadounidense, o del Distrito de Columbia.

Si usted está trabajando con alguien que no es abogado, verifique si el individuo es un representante acreditado de una organización reconocida por la Junta de Apelaciones de Inmigracion (BIA, por sus siglas en inglés).

Conozca las leyes de su estado. Algunos estados tienen leyes especificas que regulan a los asesores de inmigración.

Si usted no está seguro de que su proveedor de servicios de inmigración le está dando consejos confiables, no dude en buscar una segunda opinión. Al hacer esto, siempre trabaje con un abogado licenciado o con un representante acreditado por el BIA.