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Tarjeta Verde (Green card) para un familiar de un residente permanente: Parte 3

Obtenga la tarjeta verde si se encuentra fuera de los Estados Unidos

Si actualmente se encuentra fuera de los Estados Unidos y es familiar de un residente permanente dentro de las categorías elegibles especificadas, podrá obtener la residencia permanente mediante un trámite consular. Este trámite es cuando trabajamos con el Departamento de Estado de los EE.UU para la emisión de la visa con una petición aprobada  usando  el Formulario I-130 cuando hay una visa disponible. En este procedimiento el Departamento de Estado le emitirá su visa. Si se aprueba, entonces podrá viajar con la visa y oficialmente se volverá residente permanente cuando sea admitido en un puerto de entrada de los EE.UU. Para más información sobre el trámite consular para familiares de un residente permanente con una categoría de preferencia, consulte los enlaces a la izquierda bajo “Trámite y procedimientos para la tarjeta verde”.

Tarjeta verde (Green card) para un familiar directo de un ciudadano de los Estados Unidos: Parte 2

Obtenga la tarjeta verde mientras se encuentra en los Estados Unidos

Proceso de un paso
Ciertas personas son elegibles para solicitar la tarjeta verde (residencia permanente) mientras se encuentran en los Estados Unidos. El ser familiar directo le permite solicitar con el Formulario I-485, Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus, la residencia permanente al mismo tiempo que su solicitante ciudadano de los Estados Unidos presenta el Formulario I-130, Petición para un pariente extranjero. Para más información sobre como solicitar la residencia permanente en un solo paso, consulte el enlace “Presentación conjunta” bajo “Trámite y procedimientos para la tarjeta verde” a la izquierda.

Proceso de dos pasos
Tiene todavía la opción de presentar  el Formulario I-485 en cualquier momento después de que su solicitante presenta el Formulario I-130, para usted, siempre y cuando no haya sido rechazado. Generalmente, necesitará presentar una copia del Formulario I-797, Aviso de acción, junto con su Formulario I-485, que muestra que la solicitud  del Formulario I-130 está pendiente o aprobada.

Paso uno – su familiar directo ciudadano estadounidense debe presentar el Formulario I-130 para usted y debe estar pendiente o aprobado. Para más información sobre las peticiones del Formulario I-130, consulte el enlace “Familia” a la derecha

Paso dos – después de que reciba el Formulario I-797, Aviso de acción, mostrando que hemos recibido o aprobado el Formulario I-130, entonces usted podrá presentar el Formulario I-485. Cuando presenta su paquete de solicitud I-485, deberá incluir una copia del recibo del Formulario I-130 o aviso de aprobación (Formulario I-797). Si desea más información, acerca del trámite para la residencia permanente, consulte el enlace “Ajuste de estatus” a la izquierda bajo “Trámite y procedimientos para la tarjeta verde”

Cómo reemplazar una Tarjeta verde (Green Card): Parte 1

Cómo solicitar el reemplazo de su tarjeta verde

Si usted es un residente permanente que necesita reemplazar su tarjeta verde o es un residente condicional que necesita reemplazar su tarjeta verde válida por 2 años por cualquiera de las razones detalladas anteriormente, puede solicitar una tarjeta de reemplazo presentando el Formulario I-90, Solicitud para reemplazar la tarjeta de residente permanente (tarjeta verde o green card).

Si usted se encuentra fuera de los Estados Unidos y ha extraviado su tarjeta verde (green card), comuníquese con el consulado de los Estados Unidos, con la oficina de USCIS o con el puerto de entrada antes de intentar presentar el Formulario I-90. Si su solicitud a través del Formulario I-90 es aprobada, se le enviará por correo una tarjeta verde de reemplazo con una fecha de caducidad de 10 años a partir de la fecha en que fue expedida.

Cómo renovar una Tarjeta verde: Parte 4

Cómo obtener ayuda

Si usted necesita consejo, seleccione el enlace “¿Cómo obtener consejo legal?” que aparece en la parte derecha de la página. Usted puede comunicarse con la Oficina de Distrito de USCIS más cercana a su domicilio para conseguir una lista de organizaciones que tal vez puedan ayudarle a preparar su solicitud. Para localizar la oficina que atiende a su área, seleccione el enlace “Localice una oficina de USCIS” que aparece en la parte derecha de la página.

Lo que dice la ley

La Sección 264 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por su sigla en inglés) declara, “A cada extranjero en los Estados Unidos. . . le será expedido un certificado de registro de extranjero o una tarjeta de recibo de registro de extranjero según la forma y manera, y según el plazo previsto según las reglamentaciones. . .” También declara, “Cada extranjero, de dieciocho años de edad o más , deberá en todo momento poseer y llevar consigo cualquier certificado de registro de extranjero o cualquier tarjeta de recibo de registro de extranjero que le haya sido expedido(a) . . .. Cualquier extranjero que no cumpla con estos [provistos] será culpable de un delito menor…” Los requisitos y procedimientos específicos para solicitar la renovación de una Tarjeta verde a punto de caducar se encuentran en el Código Federal de Reglamentaciones [CFR, por su sigla en inglés] en 8 CFR sección 264.5.

Cómo renovar una Tarjeta verde: Parte 3

Cómo apelar si su solicitud es denegada

Si su solicitud para renovación de su Tarjeta verde es denegada, usted recibirá una carta que le indicará por qué la solicitud fue denegada. No se le permitirá apelar una decisión negativa. Sin embargo, usted puede presentar una moción para abrir el caso de nuevo o una moción para que la misma oficina reconsidere su decisión desfavorable. Al presentar tal moción, usted puede solicitar que la oficina reexamine o reconsidere su decisión. 

Una moción para abrir el caso de nuevo debe declarar los nuevos hechos que usted facilitará si su caso es abierto de nuevo y debe incluir documentación de evidencia apropiada. Una moción para reconsideración debe establecer que la decisión de denegar su solicitud estaba basada en una aplicación incorrecta de la ley o de las normas de inmigración, y establecer adicionalmente que la decisión era incorrecta basada en la evidencia que constaba en el expediente en el momento en que la decisión fue tomada. Para más información, seleccione el enlace “¿Cómo apelo la denegación de mi petición o solicitud?” que aparece en la parte derecha de la página.

 

Familiares de residentes permanentes (personas con la tarjeta verde): Parte 1

Como residente permanente (persona con la tarjeta verde) usted puede presentar una solicitud para que ciertos familiares inmigren a los Estados Unidos en calidad de residentes permanentes.

Usted puede peticionar a los familiares siguientes:

               Cónyuge (esposo/a)

               Hijos solteros menores de 21 años

               Hijo/a soltero de cualquier edad

Trámite
Para obtener la tarjeta verde para un familiar, usted debe:

               Presentar el Formulario I-130

               Presentar un comprobante que demuestre que usted es residente permanente.

               Presentar un documento que demuestre su parentesco, como un certificado de nacimiento, de matrimonio, de divorcio, etc. Vea las instrucciones para los formularios, para averiguar sobre los documentos específicos que debe presentar.

               Presentar un comprobante de cualquier cambio de nombre legal suyo o de su familiar (el beneficiario).

Vea las instrucciones para el Formulario I-130, Petición para familiar extranjero, para información detallada.

Si usted o un familiar suyo es un miembro de las Fuerzas Armadas, se pueden aplicar condiciones especiales a su situación. Si desea información y otros recursos, vea  “Información para los miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias” en el enlace a la derecha.

Oficina Local de USCIS en Ciudad Juárez no aceptará más el Formulario I-601

Efectivo el 5 de diciembre de 2012, los solicitantes de México ya no podrán presentar el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal  de Inadmisibilidad, en la Oficina Local de Ciudad Juárez. Tampoco se aceptará el Formulario asociado con esta solicitud, Formulario I-212, Solicitud de Permiso para Solicitar Readmisión a los Estados Unidos luego de una Deportación o Remoción. Los solicitantes en México deben enviar sus Formularios I-601 y los Formularios I-212 asociados a la  Localidad Segura de USCIS (Lockbox) de Pheonix, Arizona.

 

El 4 de  junio de 2012, USCIS adoptó un cambio abarcador en el proceso de presentación del  Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal  de Inadmisibilidad, estableciendo que los individuos que se  encuentran fuera de los Estados Unidos deben presentar sus Formularios I-601 en la Localidad Segura de USCIS (Lockbox) de Phoenix, Arizona. Durante los primeros seis meses de este cambio (hasta el 4 de diciembre de 2012), USCIS hizo una excepción  a fin de permitir a los solicitantes de México presentar los Formularios I-601 y los Formularios I-212 asociados a éstos en la Oficina Local de Ciudad Juárez o en la Localidad Segura de Phoenix.

 

Este anuncio no afecta las presentaciones del Formulario I-601 potencialmente elegibles para ser procesadas en una oficina de USCIS en el extranjero debido a razones humanitarias excepcionales y de peso, o las presentaciones del Formulario I-601 hechas en la Oficina Local de La Habana en Cuba. Para información adicional, por favor vea nuestra página de Excepiones para Permitir la Presentacion del Formulario I-601.

Cómo completar el Formulario I-9: Parte 7

P:  ¿Debo completar la sección de Redactor/Traductor si la empresa completa automáticamente la Sección 1 para un empleado nuevo?

     R:  Sí; si una persona que no sea el empleado nuevo redacta la Sección 1, se debe completar la sección de Redactor/Traductor. 

P:  Mi empleado agregó la frase “firmado bajo coacción” (signed under duress) y las siglas A.R.R. (representante autorizado, authorized representative) debajo de la firma del empleado en el Formulario I-9 y afirma que es un miembro de una tribu que no está reconocida por el gobierno federal. ¿Puedo aceptar estas anotaciones adicionales?

     R:  Si su empleado firmó el Formulario I-9, puede aceptar las anotaciones adicionales. Le recomendamos que adjunte una nota al Formulario I-9 donde explique la situación y las siglas. Asegúrese de firmar y colocar la fecha en la nota.

Acción Diferida para los Llegados en la Infancia : Evite estafas y prevenga el fraude

Alguien me dijo que si le pago una cantidad de dinero, podrá hacer acelerar mi solicitud de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia. ¿Esto es cierto?
No. No existe un procesamiento acelerado para la acción diferida. Practicantes inescrupulosos podrían prometerle un servicio más rápido si les paga una cantidad. Estas personas están tratando de estafarlo y tomar su dinero.

Asegúrese de que obtiene información acerca de los solicitudes de consideración para la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia de fuentes oficiales como USCIS o el Departamento de Seguridad Nacional.

Recuerde que puede descargar todos los formularios gratuitamente en www.uscis.gov/formularios. El formulario I-821D, Consideración para la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia estará disponible el 15 de agosto.

 

¿Qué pasos tomarán USCIS y ICE si yo cometo fraude durante el nuevo proceso?
Si usted a sabiendas hace una representación falsa, o falla en revelar datos en un esfuerzo por obtener acción diferida o permiso de trabajo en este nuevo proceso, será tratado como una prioridad de inmigración, le será aplicada la ley en toda la extensión posible y será sometido a juicio criminal y/o deportación de los Estados Unidos.

Acción Diferida para los Llegados en la Infancia: Evidencia, Parte 1

Evidencia

La siguiente tabla provee ejemplos de la documentación que usted puede presentar para probar que cumple con las pautas de consideración para la acción diferida bajo este proceso. Por favor, vea las instrucciones del formulario I-821D, Consideración para la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia, para detalles adicionales sobre los documentos aceptables.

Ejemplos de documentos a presentar como prueba de que cumple con los criterios

 Prueba de su identidad:

Pasaporte

Certificado de Nacimiento con identificación con foto

Identificación escolar o militar con foto

Cualquier documento de inmigración o del gobierno de EE.UU. con foto

Prueba de que vino a EE.UU. antes de cumplir los 16 años de edad:

Pasaporte con sello de admisión

Formulario I-94/I-95/I-94W

Expedientes escolares sellados o certificados

Cualquier documento del Servicio de Inmigración y Naturalización o DHS estableciendo su fecha de entrada (formulario I-862, Notificación de Comparecencia), Récords de viajes

Expedientes de hospital o médicos

Prueba de estatus migratorio:

Formulario I-94/I-95/I-94W con fecha autorizada de expiración de estadía

Orden final de exclusión, deportación o remoción expedida al 15 de junio de 2012

Un documento de cargos poniéndolo en procedimientos de remoción